A- de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Expedito Silva Pereira
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia de argumentación, razonamiento o motivación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó de plano de conformidad con la regla prevista en el artículo 6, inciso 4, del Decreto 2067 de 1991, según la cual deberán rechazarse las demandas en las que esta Corte sea manifiestamente incompetente.
La Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZAR el recurso interpuesto por la falta de sustentación o ausencia de carga argumentativa del mismo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (24 puntos)
- PRIMERO. Rechazar el recurso de súplica interpuesto contra el Auto del 8 de febrero de 2022, proferido por la Magistrada Sustanciadora Diana Fajardo Rivera, mediante el cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad radicada bajo el número D-14.627.
- SEGUNDO. A través de la Secretaría General de la Corte, comuníquese el contenido de la decisión al demandante, indicándole que contra ésta no procede recurso alguno.
- TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, archívese el expediente.
- Notifíquese y cúmplase.
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- No participa-
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- GLORIA STELLA ORTÍZ DELGADO
- Magistrado
- JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- KARENA ELISAMA CASELLES HERNÁNDEZ
- Magistrada (e)
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.